
Preinstalación de puntos de recarga en edificios nuevos y garajes comunitarios
La preinstalación deja el garaje preparado para que cada plaza pueda tener su cargador sin obras importantes en las zonas comunes: la conducción principal por el garaje, el espacio en la centralización y la potencia prevista. La ejecutamos en edificios nuevos para promotoras y constructoras, según la ITC-BT-52 y el Código Técnico, y en garajes existentes cuando la comunidad decide preparar la recarga para todos.
- Conducción principal y previsión de potencia según la ITC-BT-52
- Dotaciones del Código Técnico (HE 6) en obra nueva y reformas
- Certificado y documentación para la dirección facultativa
O si lo prefiere, llámenos: 922 617 566 Tenerife · 828 916 624 Gran Canaria
¿Está proyectando un edificio con garaje?
Envíenos los planos del garaje y la fase de la obra. Le decimos qué dotación de recarga exige la norma y le presupuestamos la preinstalación.
Norma aplicada a su proyecto
Le decimos qué exigen la ITC-BT-52 y el Código Técnico en su edificio, con la dotación que exige la norma, ni más ni menos.
Coordinada con la obra
Trabajamos con la dirección facultativa y con el resto de oficios, y nos adaptamos al calendario de la constructora.
Lista para crecer
Cuando un vecino compre un coche eléctrico, solo habrá que hacer su derivación, su medida y su cargador.
- Qué es
- ITC-BT-52
- Código Técnico
- Reformas y cambios de uso
- Lo que viene
- Previsión de potencia
- Garajes existentes
- Promotoras
- Preguntas frecuentes
Qué es la preinstalación de recarga y qué no es
| Elemento | Qué es | ¿Forma parte de la preinstalación? |
|---|---|---|
| Conducción principal | Canalización (tubo o bandeja) por las zonas comunes del garaje desde la que se derivan las líneas a las plazas | Sí |
| Previsión de potencia | Potencia reservada para la recarga en el cálculo de la instalación del edificio | Sí |
| Espacio en la centralización | Sitio para los contadores o para el contador principal de la recarga | Sí, según el esquema elegido |
| Derivación a la plaza | Línea desde la conducción principal hasta el cargador de cada plaza | Normalmente no: la hace cada usuario |
| Cargador | El equipo que se conecta al vehículo | No |
Es decir: la preinstalación es la obra común que, si no se hace al construir, luego cuesta mucho más hacer con el edificio habitado. Con ella, instalar cada cargador es una obra pequeña.

Edificios nuevos: lo que exigen el Real Decreto 1053/2014 y la ITC-BT-52
El Real Decreto 1053/2014 aprobó la ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y, en su disposición adicional primera, fijó unas dotaciones mínimas para los edificios y aparcamientos de nueva construcción:
- Edificios en régimen de propiedad horizontal: una conducción principal por las zonas comunitarias que permita derivar a cada plaza de aparcamiento.
- Flotas, empresas y oficinas: las instalaciones necesarias para alimentar una estación de recarga por cada 40 plazas.
- Aparcamientos públicos permanentes: las instalaciones necesarias para alimentar una estación de recarga por cada 40 plazas.
La ITC-BT-52 define además los esquemas de instalación (colectivo con contador principal, individual con contador propio o compartido y circuito adicional), que conviene decidir ya en la preinstalación, porque condicionan el espacio en la centralización y el trazado de la conducción.
Lo que exige el Código Técnico (HE 6): viviendas y otros usos
Además del reglamento eléctrico, el Código Técnico de la Edificación, en su Documento Básico de Ahorro de Energía, sección HE 6, fija las dotaciones mínimas de infraestructura de recarga. Esta es la situación en el texto vigente a octubre de 2026:
| Uso del edificio | Dotación mínima (HE 6) |
|---|---|
| Residencial privado (viviendas) | Conducción de cables para el 100 % de las plazas, que permita instalar un punto de recarga en cada una |
| Otros usos (oficinas, comercios, hoteles…) | Conducción para al menos el 20 % de las plazas y una estación de recarga por cada 40 plazas o fracción |
| Edificios de la Administración General del Estado | Una estación de recarga por cada 20 plazas o fracción |
| Plazas accesibles (edificios de uso distinto al residencial privado) | Una estación por cada 5 plazas accesibles, que computa dentro de la dotación general |
Una cifra que circula a menudo, la del «10 % de las plazas», no se refiere a la canalización: es el porcentaje que usa la ITC-BT-10 para calcular la previsión de potencia de la recarga, como explicamos más abajo.
Hay en tramitación una reforma del Código Técnico que trasladaría estas exigencias a un nuevo documento básico; lo comprobamos en cada proyecto.
Reformas, ampliaciones y cambios de uso: cuándo entra la obligación
El HE 6 no solo se aplica a los edificios nuevos. También puede aplicarse en estos casos, con las condiciones y excepciones que fija la propia sección:
- Cambios de uso característico del edificio.
- Ampliaciones con intervención en el aparcamiento que aumenten más de un 10 % la superficie o el volumen construido, con más de 50 m² útiles ampliados.
- Reformas con intervención en el aparcamiento que renueven más del 25 % de la envolvente térmica.
- Intervenciones en la instalación eléctrica del edificio, si tiene aparcamiento interior, o del aparcamiento, que afecten a más del 50 % de la potencia instalada.
Hay exclusiones, por ejemplo los edificios de otros usos con 10 plazas o menos (20 o menos si son existentes), los edificios residenciales existentes en los que la recarga supere el 7 % del coste de la intervención y algunos edificios protegidos. Revisamos su proyecto y le decimos si le aplica y en qué medida.
Si el edificio no es nuevo pero es de uso distinto al residencial privado y tiene un aparcamiento de más de 20 plazas, recuerde que el Real Decreto-ley 29/2021 ya obliga a disponer de puntos de recarga. Lo explicamos en puntos de recarga para empresas.
La Directiva europea de eficiencia energética de los edificios
La Directiva (UE) 2024/1275 de eficiencia energética de los edificios aumenta las exigencias de recarga. En los edificios residenciales nuevos o sometidos a una renovación importante con más de 3 plazas, prevé el precableado de al menos el 50 % de las plazas y conductos para el resto, y en los no residenciales, puntos de recarga en proporción a las plazas además del precableado.
Estas exigencias se aplican a medida que se incorporan a la normativa española. En cada proyecto comprobamos la versión vigente del Código Técnico y del reglamento, y le recomendamos dimensionar la preinstalación con margen para no tener que rehacerla.

Previsión de potencia, SPL y gestión de carga
Preparar el garaje no es solo dejar tubos: hay que prever la potencia. La ITC-BT-10 establece para los aparcamientos colectivos una previsión de 3.680 W por el 10 % de las plazas, multiplicada por el factor de simultaneidad que corresponda.
- Con sistema de protección de la línea general (SPL): en los esquemas colectivos (1a, 1b y 1c), la ITC-BT-52 permite considerar un factor de simultaneidad de 0,3 entre la recarga y el resto del edificio, porque el SPL impide que la recarga sobrecargue la línea general.
- Sin SPL, y en los esquemas 2, 3 y 4: el factor es 1, y la potencia que hay que prever es mayor.
- Gestión de carga: reparte la potencia entre los coches conectados y permite que más plazas carguen con la misma potencia.
El SPL es opcional: lo decide el promotor en obra nueva, o el titular o la junta en edificios existentes. Le explicamos qué supone cada opción en coste y en potencia.
Comunidades existentes: preinstalación por acuerdo de un tercio
En un edificio ya habitado, la comunidad puede preparar el garaje para la recarga sin esperar a que cada vecino haga su propia línea. La Ley de Propiedad Horizontal (artículo 17.1) permite aprobar las infraestructuras necesarias para nuevos suministros energéticos colectivos con el voto de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas:
- Los propietarios que no votaron a favor no tienen que pagar la instalación.
- Si más adelante quieren conectarse, pagan la parte que les habría correspondido, actualizada con el interés legal.
- Cada vecino que se conecte paga después su derivación, su medida y su cargador.
Es una buena solución cuando la centralización está llena o cuando ya hay varios vecinos interesados. Lo explicamos en cargadores en garajes comunitarios y, si hay que ampliar el cuarto de contadores, en centralización de contadores.
Ejecución, documentación y certificado
Revisión del proyecto
Comprobamos que la previsión de potencia, la conducción y el esquema de recarga cumplen la ITC-BT-52 y el HE 6.
Ejecución en obra
Instalamos la conducción principal, los registros de derivación y el espacio en la centralización, coordinados con el resto de oficios.
Documentación
Certificado de instalación, planos de la obra ejecutada y esquemas, para la dirección facultativa y el libro del edificio.
Subcontratación en regla
Estamos inscritos en el REA y trabajamos conforme al plan de seguridad y salud de la obra, con nuestra evaluación de riesgos y la coordinación de actividades empresariales.
Si su promoción incluye también la infraestructura común de telecomunicaciones (ICT), la instalación eléctrica completa o la canalización eléctrica exterior, podemos ejecutarlas en el mismo contrato.
Preguntas frecuentes sobre la preinstalación de puntos de recarga
¿Es obligatoria la preinstalación de recarga en un edificio nuevo?
Sí. El Real Decreto 1053/2014, que aprobó la ITC-BT-52, exige en los edificios nuevos en régimen de propiedad horizontal una conducción principal por las zonas comunes, y el Código Técnico (HE 6) exige conducción para el 100 % de las plazas en los edificios de viviendas.
¿Qué diferencia hay entre preinstalación, conducción principal y punto de recarga?
La conducción principal es la canalización común del garaje. La preinstalación incluye además la previsión de potencia y el espacio en la centralización. El punto de recarga es la derivación, la medida y el cargador de cada plaza.
¿Qué exige el Código Técnico en un edificio de viviendas con garaje?
En el texto vigente a octubre de 2026, el HE 6 exige la conducción de cables para el 100 % de las plazas, de forma que se pueda instalar un punto de recarga en cada una.
¿Y en oficinas, hoteles, comercios o naves?
Conducción para al menos el 20 % de las plazas y una estación de recarga por cada 40 plazas o fracción, con dotaciones mayores en los edificios de la Administración General del Estado.
¿Afecta la obligación a reformas y ampliaciones?
Puede afectar a cambios de uso, ampliaciones y reformas importantes, con las condiciones y excepciones que fija el HE 6. Revisamos su caso.
¿Cuánta potencia hay que prever para la recarga en un garaje colectivo?
La ITC-BT-10 fija 3.680 W por el 10 % de las plazas, multiplicada por el factor de simultaneidad, que en los esquemas colectivos es menor si se instala un sistema de protección de la línea general (SPL).
¿Qué es el SPL y es obligatorio?
Es un sistema que protege la línea general de alimentación del edificio reduciendo la potencia de la recarga cuando hace falta. No es obligatorio, pero permite prever menos potencia.
¿Cómo sé si mi edificio tiene preinstalación?
Busque una bandeja o un tubo por el techo del garaje que no lleve cables, consulte la documentación de la obra o pregunte al administrador. Si lo prefiere, lo comprobamos en una visita.
¿Qué cambia con la nueva Directiva europea de edificios?
La Directiva (UE) 2024/1275 aumenta las exigencias de precableado y de puntos de recarga. Se aplica a medida que se incorpora a la normativa española, por eso recomendamos dimensionar con margen.
¿Puede la comunidad hacer la preinstalación aunque no todos los vecinos quieran?
Sí. La Ley de Propiedad Horizontal permite aprobarla con el voto de un tercio de los propietarios que representen un tercio de las cuotas.
¿Quién paga la preinstalación comunitaria?
Los propietarios que la aprueban. A quien no votó a favor no se le repercute el coste, y si después quiere conectarse paga su parte, actualizada con el interés legal.
¿Qué entregan a la promotora o a la dirección facultativa al terminar?
El certificado de instalación, los planos de la obra ejecutada y los esquemas de la instalación de recarga.
Con la preinstalación hecha, ¿qué falta para instalar cada cargador?
La derivación desde la conducción principal hasta la plaza, la medida del consumo según el esquema, las protecciones, el cargador y el certificado. Es una obra pequeña.
Dónde ejecutamos preinstalaciones de recarga
Ejecutamos preinstalaciones para promotoras y constructoras en obras de las dos islas, y para comunidades que preparan su garaje existente.
En Tenerife
Desde nuestra oficina de Santa Cruz de Tenerife (C. Juan Álvarez Delgado 11) trabajamos en toda la isla: Santa Cruz y La Laguna, el norte, con La Orotava, Puerto de la Cruz y Los Realejos, el sureste, con Candelaria y Güímar, y el sur, con Granadilla, Arona y Adeje.
En Gran Canaria
Desde nuestra oficina de San Fernando de Maspalomas (C. Secundino Delgado 1, San Bartolomé de Tirajana) trabajamos en Las Palmas de Gran Canaria, Telde, Ingenio, Agüimes, Santa Lucía de Tirajana, Mogán y el resto de la isla.
Respaldo para la recarga de su edificio
¿Preparamos su edificio para la recarga?
Envíenos los planos del garaje y le decimos qué exige la norma y cuánto cuesta ejecutarlo, por escrito y sin compromiso. También en info@socassat.com.



